Normas de permanencia en Grado en Protocolo y Organización de Eventos
Normas de Permanencia
En aplicación del ACORD NORMATIU del dia 14 de maig de 2012 pel qual es modifica l’Acordnormatiu 9094/2009, de 5 de juny, pel qual s’aprova el Reglamentacadèmic de la Universitat. (FOU 365).
Los alumnos de Grado podrán matricularse de un máximo de 78 créditos, salvo autorización específica del responsable de la titulación debida a causas excepcionales.
Los alumnos de grado de la EUTFM habrán de superar un mínimo de 12 créditos en su primer año y 36 entre los dos primeros años de sus estudios.
El alumno habrá de matricularse de todas las asignaturas que le queden pendientes de los cursos anteriores antes de poder matricularse de una asignatura de un curso superior.
Consecuencias de la no superación del número mínimo de créditos
En caso de no superar el número mínimo de créditos, y tratándose de un estudio sin limitación de plazas, el alumno podrá dirigir una solicitud al director de la EUTFM, quien dictaminará al respecto de acuerdo con las directrices del centro y el informe que le haga llegar el tutor correspondiente. En caso de no obtener el permiso de permanencia, el estudiante no podrá matricularse en la titulación de nuevo hasta haber transcurrido dos años de su abandono. En caso de un segundo abandono, el alumno no podrá volver a matricularse del Grado en Protocolo y Organización de Eventos en la UIB.
Número máximo de matrículas
Los estudiantes tienen un máximo de cuatro matrículas ordinarias para superar cada asignatura del Grado en Protocolo y Organización de Eventos en los términos que establezca la guía docente de la misma. En caso de que al acabar el año académico el alumno tenga la calificación de “suspenso” o “no presentado”, se habrá de matricular de nuevo para superar la asignatura.
No se contabilizarán las matrículas de las que se haya solicitado y concedido la pertinente anulación, de acuerdo con las condiciones establecidas en el art. 9 del Reglamento Académico de la UIB. El hecho de tener un ‘no presentado’ en una asignatura no supone la anulación de la matrícula.
El estudiante podrá solicitar, por un lado, la evaluación anticipada de las asignaturas de Trabajo de Fin de Grado y las prácticas obligatorias. por otra parte, además de estas asignaturas, también podrá solicitar la evaluación anticipada de un máximo de dos asignaturas más por año académico, siempre que se den las circunstancias siguientes:
a) Que la guía docente de la asignatura prevea un sistema de evaluación con la presencia de actividades recuperables que permitan esta opción.
b) La asignatura o las asignaturas de las cuales se solicita la evaluación anticipada han de ser necesarias para que el estudiante avance de curso.
El estudiante que haya cursado durante cuatro años académicos una asignatura y no la haya superado, podrá solicitar una convocatoria extraordinaria al Director de la EUTFM para matricularse una vez más. En dicha solicitud habrá de especificar si desea ser evaluado en las mismas condiciones que el resto de estudiantes o si prefiere un sistema de evaluación por tribunal. En este caso, el director del departamento la que pertenezca el profesor responsable de la asignatura (o el responsable de la titulación) nombrará un tribunal de tres profesores (pudiendo formar parte del mismo el profesor responsable de la asignatura), que establecerá las condiciones de la evaluación extraordinaria de acuerdo con los principios del Art. 19 de reglamento Académico de la UIB.
La denegación de la convocatoria extraordinaria por parte del director de la EUTFM ha de ser motivada y el estudiante podrá presentar recurso ante el Vicerrector competente en materia de ordenación académica.