Las empresas disponen de un crédito anual para la formación de sus trabajadores mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social. La formación financiada a través de estas ayudas –denominada formación programada por las empresas- abarca acciones formativas de las empresas y permisos individuales de formación, y su objetivo es responder a las necesidades específicas de formación planteadas por las empresas y sus trabajadores. El órgano encargado de la gestión de la bonificación es la Fundación Estatal  para la formación en el Empleo. 

En caso de no utilizar el crédito gestionado por la Fundación Tripartita para la formación dentro del período de vigencia (año en curso), no podrá ser utilizado el año siguiente, la empresa no lo puede acumular, es decir, la empresa pierde la cantidad destinada  a formacion.

  • La ETBFM puede actuar como centro impartidor y como empresa organizadora y se ocupa, además de la docencia, de la gestión con la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (alta del curso y participantes, firmas, fichas, etc.). Posteriormente, y una vez finalizada la acción formativa y dado de baja en la F.T., emite la factura pertinente y junto a la documentación de la F.T. necesaria para la bonificación, la envía a la empresa.

  • La ETBFM puede realizar la formación tanto en sus instalaciones como en el mismo centro de trabajo, adaptándose a los requerimientos y necesidades de la Empresa contratante, tanto en lo que acciones formativas se refiere como a horarios de impartición de las clases.